Vigencias de las Licencias de Conducir (Brevete)
Licencia de Conducir A1
Esta licencia tiene una vigencia de 5 a 10 años, aplicable a aquellas que se otorguen o revaliden a partir del 7 de agosto del 2017. Sin embargo, la duración dependerá de las infracciones y sanciones que hayas cometido.Si no has cometido ninguna infracción o solo cuentas con alguna sanción leve, tu siguiente licencia tendrá una vigencia de 10 años. Si tienes una sanción grave o muy grave, pero que no amerita la suspensión de tu licencia, tu siguiente brevete tendrá una vigencia de 8 años.Si fuiste sancionado con la suspensión de tu licencia o has sido inhabilitado temporalmente para obtenerla, tu siguiente brevete tendrá una vigencia de 5 años.
Licencias de Conducir A2A, A2B, A3A, A3B y A3C
Estas licencias de conducir tienen una vigencia de 3 años.Licencias de Conducir B1, B2A, B2B y B2C
Tienen vigencia de 5 años.A partir de los 70 años, el plazo para revalidar la licencia de conducir varía de la siguiente forma:
Para revalidar la licencia de conducir, esta no debe estar suspendida o retenida. El conductor no debe contar con sanciones o multas pendientes de pago. Ni debe estar privado del derecho a conducir vehículos de transporte terrestre.